viernes, 24 de octubre de 2008

INFORMACION: Constitucion CABA y Ley 1777

Aqui se publicará toda la información referida a la Ley de Comunas y a la Constitución de la Ciudad Autónoma de Bs As. Enlaces:
Constitución CABA: http://www.legislatura.gov.ar/1legisla/constcba.htm
Ley de Comunas: http://www.cedom.gov.ar/es/legislacion/normas/leyes/ley1777.html

jueves, 23 de octubre de 2008

FAI del CBC de Villa Crespo

En este Foro Asociativo Insititucional, participarán las entidades residentes en Villa Crespo. O aquellas que por sus radios de acción o por su especialidad estén vinculadas al barrio. Cada entidad participara a través de un representante. Quien tendrá derecho a voz y voto. Y podrá ser reemplazado por otro con la debida autorización de la entidad que representa. Este foro contará con Areas Temáticas. De las que participarán las entidades especializadas.

EPV del CBC Villa Crespo

En este Espacio de Participación Vecinal del Consejo Barrial Consultivo de Villa Crespo, participan los vecinos residentes en Villa Crespo. Informandose, debatiendo y resolviendo respecto de las prioridades exclusivamente barriales. Votando el orden de las mismas. Al final de cada ciclo se designará por sorteo un vocero, entre quienes se postulen para cumplir la función de ser el nexo a nivel comunal. No en calidad de representante, sino de informante de los requerimientos vecinales. Asi como comunicar a los vecinos, las decisiones a nivel barrial y comunal.

CBC Villa Crespo

CONSEJO BARRIAL CONSULTIVO Antecedente:
http://www.gratisweb.com/villacrespo/consejobarrial
La ley de comunas garantiza el funcionamiento a escala barrial, de los Consejos Consultivos Comunales. Este consejo está estructurado en tres ámbitos participativos. El EPV, el FAI y el PPP. El primero es el Espacio de Participación Vecinal donde participan los vecinos residentes en el barrio. Informandose, debatiendo y resolviendo cuales son las prioridades barriales. El segundo es el Foro Asociativo Barrial donde participan las entidades con sede en el barrio o que por su especialidad tengan vinculación con este. Las que aportarán su conocimiento y experiencia en las distintas Areas Temáticas en las que se especializan. Y el tercero es el Parlamento de Partidos Politicos, donde los militantes partidarios del barrio podrán acordar y sugerir cual es la mejor política para llevar todo adelante.

jueves, 16 de octubre de 2008

Comuna 15, Organizaciones preexistentes.

Este blog desea unir a todas las organizaciones de la Comuna 15 ya existentes. Para ello los convocamos a todos para que pongan libremente su comentario en esta entrada. Este foro desea agrupar a todos sin distinción de orientaciones. No tenemos otra mirada que la de vecinos que quieren a su comuna por pertenecer a alguno de sus barrios. Buscamos el mejoramiento de todos los barrios en todos los sentidos. Creemos que la pluralidad requiere de todas las formas de pensar, en este caso orintados todos el beneficio de la comuna 15 y de sus habitantes. Los comentarios podrán estar enfocados desde una parcialidad, pero los que quieran iniciar temas lo podrán hacer sin llevar las aguas para ninguna conveniencia parcial de grupo o ideología.

He podido recolectar algunos sitios de Internet que incluyen comentarios sobre la comuna 15. Anticipo que la mayoría de los mismos son de alguna agrupación, y que en principio todas las ideas, partidos, nacionalidades, religiones y grpos de interés son bienvenidos en este grupo vecinal.


http://lacuma.blogspot.com/ (Pompeyo)

Los 6 barrios de nuestra Comuna 15

Amigos:
Esta entrada está dedicada a los 6 barrios de la Comuna 15. Los comentarios cuyo ámbito esté dentro de cualquiera de ellos, debería hacerse en esta entrada, independientemente si tal barrio haya constituido o nó, su propio CBC (Consejo Barrial Consultivo). Esperamos los comentarios de todos y que sean muchos los que quieran iniciar notas originales, para lo cual deben escribir a conserje@hotmail.com .
Les recuerdo que los CCC son instituciones de los propios vecinos, por ahora sin necesidad de ser reconocidos por las autoridades. Las Juntas Comunales (autoridad de las comunas prevista en la ley 1777) serán elegidas en votación de 2009 y serán integradas cada una, por 7 vecinos pagos por el gobierno de Buenos Aires, y dedicados a la administración en cada una de las 15 comunas de la ciudad. Una vez integradas las Juntas, deberán valerse de los CCC para administrar en forma colaborativa y amistosa, cada una de las 15 comunas. Un saludo muy amistoso a todos los vecinos de los 6 barrios unidos.